El Registro Nacional de Turismo es requisito previo para operar legalmente cualquier alojamiento turístico en Colombia, incluidos los de Airbnb y Booking. Inscribirlo y renovarlo es gratis y 100% virtual. Dejarlo vencer, en cambio, cuesta una multa de 106,11 UVB. Aquí tienes el trámite completo y, sobre todo, lo que está a punto de cambiar.
Empezar gratis con RapitraVentana anual de renovación. El trámite es gratuito y se hace en línea en la plataforma del RNT de Confecámaras. Aplica todos los años, sin importar cuándo te inscribiste.
Si no renovaste, tu RNT queda suspendido automáticamente. No hay aviso previo ni periodo de gracia: pasa solo, a la medianoche.
Si estás leyendo esto fuera de la ventana de renovación y tu RNT ya está suspendido, lo que te aplica no es renovar sino reactivar — y eso sí tiene costo. Sigue leyendo.
Esta es la diferencia económica que casi nadie explica hasta que ya es tarde:
Renovar dentro del plazo
$0
Reactivar después de la suspensión
106,11 UVB
Paga la multa a favor de Fontur en su aplicativo «Pago Multa Reactivación RNT» — tu Cámara de Comercio publica el instructivo con el enlace vigente
Entra a la plataforma del RNT (rnt.confecamaras.co) con tu usuario y contraseña
Elige la opción Solicitud de Reactivación + Renovación
Adjunta el comprobante del pago: el sistema lo valida automáticamente
El pago va al Fondo Nacional de Turismo, no a la Cámara de Comercio. El monto lo fija el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 en 106,11 UVB — unos $1.284.992 en 2026 —, y la UVB se reajusta cada enero con el IPC, así que confirma el valor vigente antes de pagar. Ojo con el orden: el pago debe hacerse antes de solicitar la reactivación.
El trámite es virtual y gratuito, pero falla si llegas sin los prerrequisitos listos. Y se repite por cada inmueble: el RNT se inscribe por establecimiento o inmueble, no uno por prestador. Este es el orden que evita devoluciones:
La actividad económica de alojamiento debe estar activa en tu RUT antes de empezar. Para un apartamento urbano en Airbnb suele ser el 5519. Si no coincide con lo que declaras en el RNT, el registro no avanza.
Dirección, tipo de establecimiento, número de habitaciones o unidades, y capacidad. Ten a mano el certificado de existencia si operas como sociedad.
Si está en propiedad horizontal, el reglamento debe permitir el uso turístico, y el uso debe ser compatible con la norma urbanística de tu zona.
Se hace en el portal de Confecámaras. Ahí mismo aparece el paso donde aceptas el código de conducta contra la ESCNNA (Ley 1336 de 2009): sin esa aceptación el registro no se completa.
La solicitud llega a la Cámara de Comercio de tu jurisdicción, que revisa y aprueba. Si algo no cuadra con el RUT o con los datos del inmueble, te la devuelven.
Entra a la plataforma del RNT con tu usuario y contraseña
Verifica que los datos del prestador y del establecimiento sigan vigentes
Actualiza lo que haya cambiado: dirección, capacidad, contacto, representante legal
Confirma la adhesión al código de conducta ESCNNA
Envía la solicitud y guarda el certificado que queda disponible al aprobarse
Renovar no es solo hacer clic: es la ocasión de poner al día lo que el Estado sabe de tu operación. Si cambiaste de dirección o de capacidad y no lo reportas, tu certificado queda desactualizado — y es lo que verá quien te inspeccione.
El MinCIT tiene un proyecto de decreto que sustituiría parcialmente el Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y endurecería de forma importante las reglas del RNT para vivienda turística. Se republicó para comentarios el 6 de julio de 2026, con plazo hasta el 11 de julio de 2026, tras el rechazo del sector a la primera versión.
Qué plantea para los anfitriones
Dejar explícita la exigencia de un RNT por cada unidad de vivienda turística, declarada bajo juramento en el formulario — registrar cada inmueble por separado ya es obligatorio hoy
Demostrar por escrito que el reglamento de propiedad horizontal autoriza expresamente la actividad
Si operas un inmueble que no es tuyo, declaración juramentada de que cuentas con autorización del propietario
Prohibición de ofrecer simultáneamente alojamiento por horas
Refuerzo del deber de diligenciar la Tarjeta de Registro de Alojamiento (TRA)
Qué plantea para las plataformas
Verificar cada seis meses que el RNT del anfitrión siga activo
Mostrar el número de RNT de forma visible en cada anuncio
Retirar los anuncios que no tengan RNT válido
Compartir con las autoridades información de reservas y turistas
Inscribirse ellas mismas en el RNT
Nada de esto es ley todavía. Al cierre de este artículo el proyecto seguía sin expedirse: el plazo de comentarios cerró el 11 de julio de 2026 y el Gobierno mantenía mesas técnicas con el sector. Verifica el estado actual antes de tomar decisiones. Dicho eso, la dirección es clara — y si el decreto sale como está, un anuncio sin RNT válido dejaría de ser un riesgo teórico de multa para pasar a ser un anuncio retirado de la plataforma.
¿Tu RUT tiene activa la actividad económica de alojamiento?
¿El reglamento de propiedad horizontal permite el uso turístico?
¿El uso es compatible con la norma urbanística de tu zona?
¿Aceptaste el código de conducta ESCNNA en el registro?
¿Renovaste entre el 1 de enero y el 31 de marzo de este año?
¿Tu certificado de RNT refleja la dirección y capacidad reales de hoy?
Tener el RNT vigente es el permiso para operar, pero no te exime de nada: a partir de ahí debes reportar la TRA al MinCIT por cada huésped y el SIRE a Migración Colombia por cada extranjero. Son obligaciones por reserva, no anuales. Eso es exactamente lo que Rapitra automatiza — el huésped llena un formulario y las dos transmisiones salen solas.
Automatizar TRA y SIRE con RapitraLa inscripción inicial y la renovación anual son gratuitas. Lo único que cuesta es la reactivación cuando dejaste vencer el plazo: una multa a favor de Fontur de 106,11 UVB, fijada por el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 y reajustada cada enero con el IPC.
Tu RNT quedó suspendido desde el 1 de abril. Debes pagar la multa de reactivación a favor de Fontur — 106,11 UVB — en su aplicativo «Pago Multa Reactivación RNT» —tu Cámara de Comercio publica el instructivo con el enlace vigente—, y luego pedir la Reactivación + Renovación en la plataforma del RNT, adjuntando el comprobante. El pago va primero.
Sí. El artículo 2.2.4.1.2.2 del Decreto 1074 de 2015 obliga a los prestadores a registrar separadamente cada uno de sus establecimientos de comercio, sucursales, inmuebles y agencias. Cada apartamento que alquilas es un inmueble donde prestas el servicio, así que lleva su propio RNT: no existe un RNT del prestador que ampare varios. El proyecto de decreto de julio de 2026 no crea esa obligación — la vuelve explícita para vivienda turística y la pone bajo declaración juramentada en el formulario.
No deberías. El uso turístico requiere que el reglamento de propiedad horizontal lo permita, y el proyecto de decreto en trámite exigiría demostrarlo por escrito al registrarte. Además, tu administrador tiene la obligación legal de reportar a la SIC los inmuebles sin autorización o sin RNT.
No. El RNT es un registro que se renueva una vez al año; la TRA y el SIRE son reportes que se hacen por cada huésped. Tener RNT vigente es justamente lo que te obliga a reportarlos.
Rapitra transmite la TRA y el SIRE automáticamente por cada reserva. Prueba gratis 30 días, sin tarjeta.
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